Pasos para contratar un trabajador en una Empresa

Descubre en este artículo los pasos de principio a fin para dar de alta a un trabajador en una empresa.

Te hablaré desde el inicio de la entrevista hasta la culminación de la contratación.

Por otro lado, te indicaré algunos consejos previos y disposiciones legales que necesitarás para realizar la contratación de trabajadores de forma correcta.​

Contenidos
  1. Entrevista de Trabajado​
    1. Currículo Vitae​
    2. Fotocopia del DNI o NIE​ y Foto tipo carnet
    3. Vida Laboral​
  2. Selección del personal y tipo de contrato​
    1. ​Contratos Bonificados
  3. Alta en Seguridad Social
    1. Plazos​
    2. Alta​
  4. Comunicación al SEPE
    1. Plazo​
    2. Real Decreto Ley 2/2015, de 23 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
    3. Comunicación de Contrato al SEPE
  5. Infografía

Entrevista de Trabajado​

Cada empresa tiene su propio método de evaluación del candidato y en esto no tengo mucho que decir, salvo que próximamente ​publicaré los puntos básicos que debería tener el entrevistador.

​Pero esto no quita que indique la documentación necesaria a solicitar al trabajador para una futura contratación laboral.

Currículo Vitae​

Es el documento principal ​en la entrevista de trabajo, en él reflejará la experiencia laboral, formación y aptitudes del trabajador.

Fotocopia del DNI o NIE​ y Foto tipo carnet

Al disponer una copia del DNI o el NIE tendremos la información básica del trabajador, además puede que algunos currículos no incluyan el NIF y de esta manera podemos resolverlo.

Además si se ​incorpora al puesto de trabajo podremos disponer una ficha del trabajador con foto para futuras acciones con las Administraciones Publicas.

Vida Laboral​

Muchos piensan que el Informe de Vida Laboral es un documento ​confidencial, pero no es así, dado que es una información que ya figura en el currículo del trabajador y servirá para contrastar la información.

Por otro lado podremos detectar el Número de la Seguridad Social del trabajador, necesario para el alta en la empresa​ en Sistema RED

Selección del personal y tipo de contrato​

Quizás en esta sección el paso de elección de contrato no sería adecuado, dado que la administración de Recursos Humanos ya prevén el tipo de contrato​ y el perfil demandado por la empresa.

Pero en este caso lo quiero incluir como segundo paso por la simple razón de no redireccionar a equívocos ​relacionados a la bonificación de contratos.

Primero ver la calidad el aspirante antes que la bonificación del contrato, es decir, contratar y ver si se puede bonificar y no contratar para bonificarse.

​Contratos Bonificados

Antes de hablar te recomendaría echar un vistazo a los tipos de contratos que existen a día de hoy este artículo

En este apartado iré publicando enlaces con artículos específicos de contratos bonificados.​

Contrato Indefinido Apoyo a Emprendedores

Si quieres ver más tipos de contratos bonificados que no estén arriba puedes visitar el siguiente enlace

Alta en Seguridad Social

Una vez elegido el tipo contrato (Bonificado o sin bonificar), y al candidato idóneo, tendrás que proceder a cursar el alta del trabajador en Sistema RED.

Plazos​

Puedes visitar el artículo Plazos Afiliación y Cotización Seguridad Social

Alta​

Para ello, te tengo preparado el artículo Altas y Bajas Sucesivas Sistema RED para que sepas cada uno de los campos a cumplimentar.

En este punto, es importante saber el grupo de cotización que pertenece al puesto de trabajo. Por cierto, ya se han publicado las bases de cotización para el año 2017, indicando las bases mínimas y máximas de cada grupo de cotización.

Comunicación al SEPE

Plazo​

Una vez cursado el alta del trabajador en Seguridad Social dispondrás de 10 días hábiles para comunicarlo al SEPE, reflejado en la siguiente disposición legal

Real Decreto Ley 2/2015, de 23 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

Art. 8.3 Forma del contrato

El empresario está obligado a comunicar a la oficina pública de empleo, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación y en los términos que reglamentariamente se determinen, el contenido de los contratos de trabajo que celebre o las prórrogas de los mismos, deban o no formalizarse por escrito.

Sigue leyendo la normativa aquí

Comunicación de Contrato al SEPE

Si en Seguridad Social has utilizado Sistema RED, en el SEPE tendrás que utilizar la plataforma Contrat@​.

Desde 2014 resulta casi obligatorio la comunicación de los contratos de trabajo por esta vía, que previamente se ha de pedir autorización para realizar dichas operaciones.

Y por supuesto, necesitarás un certificado digital para realizar las comunicaciones

Puedes acceder a la plataforma Contrat@ desde el siguiente enlace.

Acceso a Contrata@

Podrás visualizar las siguientes pantallas

Contrat@ SEPE Contra@ SEPE alta trabajador

Infografía

Paso a paso alta trabajador en empresa

¿Y a ti que te parece este orden de 4 pasos para dar de alta a un trabajador en una empresa?

¡Gracias por leer el artículo!​