Altas y Bajas Sucesivas – Sistema RED

Las Altas y las Bajas de trabajadores es el proceso más común que realiza una empresa o mejor dicho el usuario del Sistema RED, ellos son los encargados de realizar esta gestión a las empresas.

Antes de realizar este proceso es importante asignarse los Códigos de Cuentas de Cotización de una empresa, dado que en ellos es dónde se realizan estos procesos.

Lo podéis ver en el artículo Asignación CCC o NAF a un autorizado RED

Una vez asignado no habrá ningún problema en realizar las Altas o Bajas de Trabajadores en el CCC

En este artículo te hablaré sobre la manera de comunicar correctamente un alta de trabajador o por contra, la baja de un trabajador en la empresa​

Te indicaré cada punto necesario a la hora de cumplimentar estas acciones y así no se genere ningún tipo de errores o dudas.

En el primer caso, hablaremos sobre las altas de trabajadores en Sistema RED

Contenidos
  1. Alta Trabajador en Sistema RED o SLD​
    1. ¿En qué apartado se encuentra este trámite en Sistema RED o SLD?
  2. ​Altas Sucesivas Captura de datos - ventana 1
  3. ​Altas Sucesivas captura de datos - ventana 2
    1. Tablas de códigos de cada campo
  4. Baja Trabajador en Sistema RED o SLD

Alta Trabajador en Sistema RED o SLD​

Antes que nada si cabe mencionar, es necesario ser un autorizado RED para ejecutar las altas de trabajadores.

Si todavía no lo eres, puedes visitar el artículo Solicitud de Autorizado RED modelo FR 101

También puedes echar un vistazo aa Pasos para dar de alta a un trabajador en una empresa

Con todos estos pasos previos, podemos ir al punto que nos concierne

¿En qué apartado se encuentra este trámite en Sistema RED o SLD?

La ruta será la siguiente...

Acceso al Sistema RED >> Inscripción y Afiliación Online >> Trámites Trabajadores >> Altas y Bajas Sucesivas

Con el objetivo de utilizar en modo prueba y ver las diferentes claves voy a proceder desde aquí a utilizar la herramienta Siltra que tiene los mismos campos en Sistema RED Online

Si utilizas Siltra y quieres seguir el mismo procedimiento, te indicaré la ruta a continuación

El menú de alta de trabajadores se divide en dos pantallas, la primera donde se introducirá los datos básicos del trabajador.

La segunda pantalla es para cumplimentar los datos del contrato​

Visita el artículo Claves de Contratos Laborales para saber más los tipos de contratos disponible a 2017

Procesar remesas Afiliación >> Seleccionamos la opción de "Crear Fichero" >> Siguiente >> Afiliados >> Actualización de información >> Anotación >> Altas Sucesivas

​Altas Sucesivas Captura de datos - ventana 1

La primera pantalla lo hemos dividido en dos puntos

Manú Altas y Bajas Sucesivas Siltra

En el primer apartado se comunicará la información básica de la empresa, que es el Código de Cuenta de Cotización y la Razón Social

En el campo "Tipo" se rellenará el tipo de Empresa que es

1 - Individual. Persona Física

2 - Colectivo. Persona Jurídica

3- Sin personalidad Jurídica

4- Entidad u organismo de las Administraciones Públicas​

​En el segundo apartado se mecanizará los datos básicos del trabajador

En el campo "tipo" los valores serán los siguientes

  • 1 - D.N.I.
  • 2 - Pasaporte
  • 6 - N.I.E.​

​Altas Sucesivas captura de datos - ventana 2

Te aparecerá la siguiente ventana​

Menú altas y bajas sucesivas

Como podrás ver hay muchas opciones que remarcar, pero la manera de mecanizar dependerá mucho del tipo o características del contrato que se quiera dar.

Tablas de códigos de cada campo

En este artículo explicaremos todos y remarcaremos los apartados esenciales en cada situación de Alta de trabajador y posteriormente iremos creando artículos con las diversas situaciones de contratación.​

 

Situación (Obligatorio)

Solo hay una clave para las situaciones de alta, es la clave 01 - Alta normal

Los códigos de bajas lo puedes encontrar en el artículo claves de bajas laborales

Fecha real (Obligatorio)

Se mecanizará la fecha real de la situación de Alta.

Existen plazos de comunicación, en otro artículo hablaremos sobre los plazos de comunicación de Alta y de Baja, así como las variaciones de contratos

Grupo de Cotización (Obligatorio)

En este apartado tendrá que señalar el grupo de Cotización que le pertenezca al trabajador

A continuación te indicamos la tabla del Grupo de Cotización

Clave del GrupoGrupo de Cotización
01Ingenieros y Licenciados
02Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados
03Jefes Administrativos y de Taller
04Ayudantes no Titulados
05Oficiales Administrativos
06Subalternios
07Auxiliares Administrativos
08Oficiales de 1º y de 2º
09

Oficiales de 3º y especialistas
10

Peones
11

Trabajadores menores de 18 años

 

Ocupación (Dependerá de la circunstancia de contratación)

Va encaminado a la tarifa de contingencias profesionales, pero dirigidas a aquellos trabajadores que no realizan la misma actividad de una empresa, que viene reflejada en el CNAE y si dicha actividad aislada se adecue plenamente a los códigos de ocupación de la siguiente lista.

Esto obligará a que el % de AT/EP a deducir sea diferente a la actividad del CNAE y se iguale al % correspondiente de la ocupación que le corresponde.

CódigoOcupación
ATRAB. EXC. OFICINA
DTRAB. CONSTRUCCION
FCONDUCT. MERCANCIAS
GPERSONAL DE LIMPIEZA
H

PERSONAL DE SEGURID.

VR.E. MAR GRUPO C2
WR.E. MAR GRUPO C3
XCARGA/DESC. PUERTOS
YTRAB. EN MINAS
Z

DEPENDIENTES Y R.C.

 

Tipo de Contrato (Obligatorio)

En el artículo Códigos de contratos laborales podrás encontrar las claves de contratos vigentes para el año 2017

Coeficiente (Obligatorio en contratos parciales)

Será el coeficiente correspondiente a las horas que va a desempeñar el trabajador.No es un valor porcentual, más bien ‰, es decir es un calculo en base mil.Esto significa que delante del 0, irán 3 dígitos.Cabe mencionar también, que el valor será lo que dictamine el convenio.

Ejemplo: Si Empresa A tiene un trabajador que el convenio dicta que 40 horas semanales será la jornada completa, entonces a media jornada sería el valor 0,500, es decir, 20 horas semanalesPor contra, Empresa B tiene un trabajador que el convenio dicta ​que 37 horas sería la jornada completa, ocasionando que, el valor 0,500 de media jornada sea 18,5 horas semanales.

Reducción de Jornada (Obligatorio si aplica)

Existen dos maneras de reducir la jornada de un trabajador. La primera es la variación normal donde jugamos con el coeficiente, por otra parte, tenemos las reducciones ocasionadas por situaciones especiales, se denomina Reducción de Jornada.

En la siguiente tabla indicaremos los diferentes tipos de reducciones que se pueden aplicar

CódigoTipo de Reducción
001CUIDADO DE MENOR
002CUIDADO DE DISCAPACITADO
003CUIDADO DE FAMILIAR
004LACTANCIA
005

VIOLENCIA DE GÉNERO

006NACIMIENTO DE HIJO PREMATURO
007CUIDADO DE MENOR CON ENFERMEDAD GRAVE
008CUIDADO MENOR ENF. GRAVE+OTRA RED. JORN.

Cabe mencionar también que cada tipo de situación a de ser autorizado previamente por el organismo competente.También a elección de este apartado irá relacionado tanto al anterior (Coeficiente) y el apartado siguiente (Coeficiente tiempo parcial inicial)

Coef. Tiempo. parc. Inic. (Obligatorio para las parcialidades acogidas a Reducción de Jornada)

Este valor se ha de indicar si el trabajador que se aplica la reducción de jornada del apartado anterior dispone una parcialidad inicial.Para aclarar esto, te indicaré un ejemplo.

Un trabajador dispone de jornada 0,850 y se aplica la Reducción de Jornada 001 Cuidado del Menor.En el campo "Coeficiente" se deberá marcar nuevo coeficiente a desempeñar tras la reducción. En "Reducción de Jornada" se marcará el código 001 y en el campo "Coef. Tiempo. Parc. Inic." se tendrá que indicar el coeficiente que tiene en circunstancias normales, es decir, 0,850.

Colectivo (Se aplica si procede)

Se dan en situaciones específicas de contratación y bajo un dictamen legal que lo ampara.

CódigoTipo de Ocupación
008APRENDICES
009APRENDICES MINUSVÁLIDOS
015SENTENCIA FIRME ENCUADRAMIENTO EMANCIPADOS
378BUCEADORES EXTRACTORES
379

BUCEADORES

381BUCEADORES PROFESIONALES
385REDEROS Y REDERAS
396ESTIBADORES PORTUARIOS
951CONSEJERO-ADMINIST.SMC.CONTRAT.TRABAJO
952CONSEJERO-ADMINIST.SMC.CONTRAT.MERCANTIL
953SOCIO COOPERATIVA DURACIÓN DETERMINADA JORNADA COMPLETA
954SOCIO COOPERATIVA DURACIÓN DETERMINADA JORNADA PARCIAL

 

Condición Desempleado (Se aplica si procede)

Según que circunstancia o qué tipo de bonificación se quiera acoger se deberá elegir un código de los siguientes campos.La elección de cada campo va siempre bajo circunstancias legales, en este caso, se ha de contactar previamente con el SEPE si por normativa cual sería la más idónea para el trabajador.

En este campo asisten situaciones que se encuentran derogadas, como el ejemplo del código 7, la R y la PSi ves alguna que sepas que también se encuentra derogada, puedes comentar abajo y lo indicaremos.

CódigoTipo de Condición Desempleado
1Desemp./Desemp. inscrito Of. Empleo.
2Desempleado inscrito en la Oficina de Empleo durante más de 12 meses.
3Desempleado Subsidio Régimen Especial Agrario.
4Beneficiario Prestación Desempleo -Contributiva o Asistencial- durante más de un año.
5

Desempleado inscrito en la Oficina de Empleo durante más de 6 meses.

6Beneficiario Prestación Desempleo-Contributiva o Asistencial - Al que falta un año o más de percepción de la prestación.
7Beneficiario de Subsidio Desempleo. Mayor de 52 años.
8Desempleado Excedente Sector Textil falta 1 año.
ABeneficiario Prestación Desempleo.
BDesempleado con problemas de empleabilidad.
CDesempleado 01/01/2011.
DDesempleado 01/01/2011, 12 meses en 18 meses.
EDesempleado 16/08/2011.
FDesempleado inscrito en la Oficina de Empleo. Carga familar.
GDesempleado inscrito en la Oficina de Empleo +6 meses. Carga familar.
HDesempleado sin exp. laboral o < 3 meses.
IDesempleado proc. otro sector actividad.
JDes. sin exp. lab./<3 meses.Empleo joven.
KDesempleado sin título oficial enseñanza.
MDesempleado Contrato de Trabajo CTP menor 333.
PTarifa plana
RTarifa reducida.
TDesempleado Excedente Sector Textil.
UDesempleado +6 meses Excedente Textil.

 

R.L.C.E (Obligatorio según relación laboral)

La Relación Laboral de Carácter Especial se utiliza en situaciones de contrataciones específicas. Esto repercutirá en la manera de proceder el alta de un trabajador.

CódigoTipo de R.L.C.E
0100Personal de Alta Dirección
0301Penados en instituciones penitenciarias-Aprendizaje/Formación-
0302Penados en instituciones penitenciarias-Actividad laboral-
0303Penados en instituciones penitenciarias-Beneficio comunidad-
0304

Penados en instituciones penitenciarias-Menores-

0401Deportistas profesionales. Jugadores de fútbol
0409Deportistas profesionales
0500Representantes de comercio
0501Vendedores del cupón de la ONCE
0600Minusválidos en Centros Especiales de Empleo
0601Minúsválido procedente enclave laboral
0602Discapacitado Org. Nac. Ciegos
0700Estibadores portuarios
0800Artistas en espectáculos públicos
0900Abogados en despachos de abogados
0936Reclusos en beneficio de la comunidad
0961Convenio Japón AT/EP
9901Investigadores del Sist. Español de Ciencia y Tecnología
9902Médicos Internos Residentes
9903U.P. Ayudante
9904U.P. Profe. Ayud. Doct
9905U.P. Profe. Colaborad
9906U.P. Profe. Contr. Doct
9907U.P. Profes. Asociados
9908U.P. Profe. Visitantes
9909Personal investigador en formación –beca-
9910Personal investigador en formación -contrato prácticas-
9911Alumnos - Trabajadores en programas de escuela taller
9912Alumnos - Trabajadores en programas de casas de oficio
9913Alumnos - Trabajadores en programas de talleres de empleo
9914Pensionista de incapacidad S.S.
9915Pensionista de incapacidad clases pasivas
9916Personal investigador I+D+i
9918Contr. Formación-Prórroga post. 18-06-2010 / Formación-Prórroga
9920Contrato Formación no bonif. > 18-06-2010
9921Contrato Predoctoral
9922Participación en prog. para la formación
9923Práct. No laborales en empresas
9924Socio Sociedad Laboral.
9925No Socio Sociedad Laboral.
9926Alum. participante proyecto Empleo-Formación.
9927Prácticas académicas externas.
9928Prácticas Curriculares Externas RDL8/2014.

 

NSS Sustituido (Obligatorio si se aplica el campo Causa de Sustitución)

Será el número de Afiliación de la Seguridad Social de la persona que será sustituida, en caso de que se esté mecanizando el alta de la persona sustituta.

Causa de Sustitución (Solo si se aplica)

Al igual de el campo "Reducción de Jornada" también hay situaciones especiales de sustituciones de trabajadores

CódigoTipo Causa de Sustituión
01Sustitución por Excedencia por cuidado de familiares
02Sustitución por descanso por maternidad, paternidad o riesgo durante el embarazo
03Sustitución Jubilado anticipadamente a los 64 años
04Sustitución Minusválido
05

Sustitución Minusválido en situac. de IT

06Víctimas de violencia de género
07Cobertura Vacante. Mantenimient. Deducción

 

F. Inic. Contrato (Obligatorio si se marca la casilla FIC específico)

Hay situaciones como por ejemplo, las subrogacciones de trabajadores de un CCC a otro CCC es necesario marcar para no perder la antigüedad del trabajador.Para activar este campo es necesario marcar la Casilla FIC.

Cat. Profesional (Solo si procede)

Relacionado al Régimen Especial de la Minería del Carbón y el Régimen Especial de Trabajadores del Mar

Coeficiente de Permanencia (Dirigida al Régimen 0132)

Dirigida al Régimen Especial de Frutas y Hortalizas

Coeficiente Reductor (Jubilación)

Referente al coeficiente reductor de la edad de jubilación

Exclusión Social / Víctimas (Cuando proceda)

Situaciones especiales que se deberán remarcar si se ampara a las siguientes circunstancias.

CódigoTipo de Exclusión Social
1Exclusión social
2Víctimas de violencia doméstica
3Víctima de violencia de género
4Exclusión social – itinerario de inserción
5

Fracaso previo inserción/recaída excluido social

8Víctimas terrorismo
IVíctima trata seres humanos

 

Inactividad (Se deberá marcar cuando se den las situaciones)

Situaciones de contratos en el cual el trabajador no rompe una relación laboral, si no que entra en situación de Inactividad.

CódigoInactividad
1Periodo Inactividad
2Huelga Total
3Huelga Parcial >> se habilitará Coef. Huelga / ERE
4Trienios Funcionarios
5

Ausencia del trabajo -R.E.M.C.-

6Alta sin retribución
7FUNCIONARIOS R. GENERAL PERMISO SIN SUELDO
8FUNCIONARIOS R. GENERAL SUSPENSION PROVISIONAL
9

FUNCIONARIOS R. GENERAL SUSPENSION PROV. NO FIRME
AFUNCIONARIOS R. GENERAL SUSPENSION PROV. FIRME
ESUSPENSIÓN TOTAL ERE
FSUSPENSIÓN PARCIAL ERE >> se habilitará Coef. Huelga / ERE
GSUSPENSIÓN PARCIAL ERE Y HUELGA PARCIAL >> se habilitará Coef. Huelga / ERE
HRESERVISTAS EN PERIODOS DE ACTIVACIÓN
ISUSPENSIÓN TOTAL ERE FUERZA MAYOR
JSUSPENSIÓN PARC. ERE FUERZA MAYOR
KSUSP. PARC. ERE FUERZA MAYOR+HUELGA.P.
ZINACTIVIDAD NO COTIZACIÓN/PERMANENCIAS.

 

Mujer Reincorporada (Derogado)

Señalado en el Boletín 9 de Agosto de 2012

Convenio Colectivo (Solo si se dispone de varios convenios en la empresa)

Se deberá de cumplimentar si se dispone de varios convenios colectivos en la empresa con la finalidad de identificar el convenio del trabajador.En caso contrario, si se dispone de un solo convenio, no se deberá comunicar nada en este campo

Más información en el artículo Anotación de Convenio Colectivo

Cambio Puesto de Trabajador (Solo si se aplican las siguientes situaciones)

CódigoCambio Puesto Trab.
01Por riesgo durante el embarazo o lactancia natural
02Por enfermedad profesional
03Trabajador procedente ETT

 

Pérdida Beneficios (Cuando se den las siguientes circunstancias)

CódigoPérd. Beneficio
01Falta de concurrencia de requisitos
02Extinción contrato bonificado últimos 12 meses
03No aplicación peculiaridades vigentes

Otras claves son de carácter administrativos que no se pueden incluir

Mod. Cotización (Obligatorio solo para el Régimen Agrario)

CódigoModalidad de cotización
0Sin modalidad de cotización
1Cotización mensual
2Cotización por jornadas reales

 

Vínculo Familiar (Solo en las siguientes circunstancias)

CódigoVínculo Familiar
1Familiar hasta segundo grado
3Hijo menor 30 años
4Familiar menor 45 años
5Hijo mayor 30 años. Discapacidad cualificada.

 

Excedente Sec. Ind. (Aplicable a determinados sectores)

CódigoTipo de Industria
01Textil. Confección.
02Calzado.Curtidos. Marroquinería
03Juguete
04Mueble

 

Número de Trabajadores o Indicador Trabajador Empresa (Opcional)

Este valor indicará el número de trabajadores que dispone la empresa, será necesario anotarlo para situaciones específicas como el Contrato de Apoyo a Emprendedores o microempresas

CódigoNúmero de Trabajadores
1< 50 Trab.-Emprendedores
3< 9 Trabajadores

 

Beneficios (Obligatorio solo para Garantía Juvenil)

​Existe un error con respecto a la anotación de Garantía Juvenil.Independientemente de la Situación del trabajador inscrito en el SNGJ, el valor a anotar será siempre el valor 01, posteriormente será la TGSS la que se encargará de comprobar este movimiento y lo pasará al valor 11.

CódigoBeneficios
1BENEFICIARIO SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL. SOLICITADO
11BENEFICIARIO SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL. ACREDITADO (No se ha de marcar en ningún caso)

 

Sistema Especial (Obligatorio para los Regímenes Especiales)

Este campo se ha habilitado recientemente para permitir diferenciar las circunstancias especiales de los diferentes Regímenes Especiales que han pasado al Régimen General en Sistema de Liquidación Directa

CódigoSistema
32Sistema Especial de frutas, hortalizas y conservas vegetales
35Sistema Especial de Hostelería
35Sistema Especial de exhibición cinematográfica y similar
37Sistema Especial de opinión pública

 

Otros campos de cumplimentación

Según sea la circunstancia del trabajador se deberá remarcar las casillas corespondientes

  • Mujer Subrepresentada
  • Trabajador Autónomo
  • FIC Específico
  • Form. Empl. Agrario
  • Incap. Readmitido
  • Relevo
  • Renta Act. Inser.
  • Parto últimos 24 meses

Baja Trabajador en Sistema RED o SLD

En este caso, la ruta a seguir será lo mismo, pero solo se deberá seleccionar Baja

Acceso al Sistema RED >> Inscripción y Afiliación Online >> Trámites Trabajadores >> Altas y Bajas Sucesivas

Y en Siltra o Winsuite32 será la siguiente ruta

Procesar remesas Afiliación >> Seleccionamos la opción de "Crear Fichero" >> Siguiente >> Afiliados >> Actualización de información >> Anotación >> Bajas

Y como seguiremos en la aplicación Siltra nos aparecerá el siguiente menú

Bajas Sistema RED Bajas SLD

Situación (Obligatorio)

Las claves de bajas son obligatorias, pero en el artículo Claves de baja contratos, te indicamos todas las claves.

Indican la situación de la causa de baja en cada finalización contractual

 

Fecha real (Obligatorio)

Se ha de comunicar la fecha en la cual se hará efecto la baja del trabajador, es importante saber los plazos para cursar una baja.Podemos cursarlo hasta 60 días previos (Baja previa), el mismo día o 3 posteriores a la fecha real.

Días Trab. (0132) (Obligatorio cuando se aplique)

Obligatorio solo para el Régimen Especial de Frutas y Hortalizas

Días no CPSE (Opcional cuando se aplique)

Se dan en aquellos días en situación de alta a los que no son de aplicación el coeficiente de permanencias por tratarse de días de situaciones de incapacidad temporal, maternidad, etc.Seguimos indicando que se comunica en el Régimen 0132

Días Trabajados (Opcional)

Su comunicación va dirigido para los contratos a tiempo parcial, que se deberá calcular según el coeficiente a tiempo parcial que disponga el trabajador

Fecha prev. fin contr. (Opcional)

Si indican en los casos de excedencias de contratos temporales

Si ves algún punto que necesites más desarrollo, duda o simplemente la norma esté derogada, no dudes en comentar aquí abajo, también puedes puntuar este artículo.

¡Gracias por llegar hasta aquí!